República Argentina
01/01/2026

Código Electoral Nacional - Ley 19.945

El Código Electoral Nacional establece el marco legal para el ejercicio del derecho y deber cívico del voto en la República Argentina.

Artículo 12 - Deber de votar

Todo ciudadano argentino, nativo o naturalizado, desde los dieciséis (16) años de edad tiene el deber de votar en las elecciones nacionales que se realicen en su distrito.

Artículo 125 - Sanciones

"Se impondrá multa de pesos cincuenta ($50) a pesos quinientos ($500) al elector que dejare de emitir su voto sin causa que la justifique."

Ley 19.945, modificada por Ley 26.774

Artículo 126 - Consecuencias

Causales de Justificación

El artículo 12 establece las causales por las cuales un ciudadano queda eximido:

Regularización

Los ciudadanos inscriptos en el Registro pueden regularizar su situación mediante:

El pago de la multa regulariza la situación del infractor, eliminando las restricciones administrativas.

Resolución CNE 45/2019
Consultar Estado